Condiciones de envío y pago

Condiciones generales de venta y entrega (CGV)

1. Alcance, forma
1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta y Suministro (CGV) se aplicarán a todas nuestras relaciones comerciales con nuestros compradores ("Comprador"). Las CGV sólo se aplican si el Comprador es un empresario (§ 14 BGB), una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público.
1.2 Las CGV se aplican en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles ("bienes"). Salvo acuerdo en contrario, las CGV en la versión válida en el momento del pedido del Comprador o, en cualquier caso, en la última versión notificada al Comprador en forma de texto, se aplicarán también como acuerdo marco para futuros contratos similares sin que tengamos que volver a referirnos a ellas en cada caso individual. 1.3 Nuestras condiciones de venta y entrega se aplicarán en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles ("Bienes").
1.3 Se aplicarán exclusivamente nuestras condiciones de venta y entrega. No reconoceremos ninguna condición del comprador que entre en conflicto con nuestras condiciones de venta y entrega o que se desvíe de ellas, a menos que hayamos aceptado expresamente su validez por escrito. Nuestras condiciones de venta y entrega también se aplicarán si realizamos la entrega al Comprador sin reservas a sabiendas de que las condiciones del Comprador entran en conflicto con nuestras condiciones de venta y entrega o se desvían de ellas. Nuestras condiciones de venta y entrega se considerarán aceptadas si el Comprador no se opone a ellas por escrito o de forma expresa inmediatamente después de recibir la confirmación del pedido.
1.4 Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes por parte del Comprador en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de plazos, notificación de defectos, retirada o reducción) deben realizarse por escrito, es decir, en forma escrita o de texto (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax). Los requisitos formales legales y las pruebas adicionales, en particular en caso de dudas sobre la legitimidad de la persona que hace la declaración, no se ven afectados.
1.5 Las modificaciones y adiciones al pedido y a las presentes condiciones de entrega deberán realizarse por escrito. Esto también se aplicará a cualquier acuerdo de renuncia al requisito de la forma escrita.
1.6 Las referencias a la aplicabilidad de las disposiciones legales sólo tendrán un significado aclaratorio. Por lo tanto, incluso sin esta aclaración, se aplicarán las disposiciones legales, a menos que se modifiquen directamente o se excluyan expresamente en estas CGV. En caso de que algunas disposiciones sean inválidas, esto no afectará a la validez del resto de las disposiciones.

2. Oferta y aceptación del pedido
2.1 Nuestras ofertas están sujetas a cambios y no son vinculantes. El pedido de las mercancías por parte del comprador se considerará una oferta de contrato vinculante. Un pedido se considerará aceptado una vez que se haya establecido la viabilidad técnica, se haya comprobado la solvencia y se haya entregado nuestra confirmación por escrito. Nos reservamos el derecho de aportar garantías en forma de avales bancarios y anticipos. Si no se indica lo contrario en la confirmación del pedido, el texto de nuestros presupuestos se aplicará a la ejecución de los servicios individuales.
2.2 Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor de las ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos. Esto también se aplica a los documentos escritos designados como "confidenciales". El Comprador debe obtener nuestro consentimiento expreso antes de transmitirlos a terceros.
2.3 En el caso de los productos a medida (incluidos los colores especiales), las cantidades pedidas serán vinculantes para el Comprador y deberán ser aceptadas en todo caso por éste. No hay derecho a la producción posterior de las cantidades sobrantes.
2.4 El Comprador será responsable de la integridad, exactitud y puntualidad de los documentos de ejecución que debe obtener. La prueba de la recepción y de la integridad de los documentos será proporcionada por el Comprador.

3. Precios y condiciones de pago
3.1 Nuestros precios para las piezas prefabricadas de hormigón son desde el lugar de producción, para las losas de pequeña superficie desde el almacén de entrega de Krefeld, cargadas en camiones.
3.2 Todos los productos se entregan normalmente sin embalaje. Las losas de pequeña superficie se entregan en palés.
3.3 Los costes de transporte ofrecidos se calculan sin compromiso sobre la base de las tarifas vigentes. Los aumentos de tarifa correrán a cargo del destinatario.
3.4 Los costes de transporte calculados se basan en el tráfico de camiones en trenes llenos con un tiempo de carga final, incluido el tiempo de espera, de un máximo de 1 hora por camión. Se entiende por carga de camión la entrega de lunes a viernes de 6 a 18 horas. Las entregas de fin de semana y nocturnas requieren un acuerdo y una facturación por separado. Se entiende que el flete ferroviario es puramente un coste de transporte que incluye los costes de manipulación y sujeción de la carga. Los gastos de sobrestadía y de manipulación que se produzcan en la descarga correrán a cargo del destinatario. Se facturarán los tiempos adicionales y las faltas de flete. La entrega de nuestros productos en la obra se realiza en camiones (40t de peso total permitido). La entrega de nuestros productos con vehículos más pequeños que los camiones (40t de peso bruto) requiere un acuerdo separado y se cobrará por separado.
3.5 Si la entrega se realiza más de 4 semanas después de la celebración del contrato, nos reservamos el derecho de modificar nuestros precios en consecuencia si se producen aumentos de costes después de la celebración del contrato, en particular debido al aumento de los precios de los materiales, los gastos de transporte, los salarios, etc. El Comprador estará obligado a pagar los costes aumentados en caso de modificación de los precios. En caso de modificación del precio, el Comprador tendrá derecho a rescindir el contrato mediante una declaración dirigida a nosotros, que sólo podrá realizarse inmediatamente después de la notificación de la modificación del precio.
3.6 La base para calcular el precio de los revestimientos de suelo es el tamaño de la rejilla correspondiente.
3.7 Nuestros precios son netos. El impuesto sobre la venta vigente el día de la entrega se cobrará por separado.
3.8 Las facturas se emitirán después de la entrega o el suministro.
3.9 Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, el precio de compra debe pagarse en un plazo de 21 días a partir de la fecha de la factura.
3.10 La deducción de un descuento en efectivo requiere un acuerdo especial por escrito. El descuento por pronto pago sólo se concederá sobre la mercancía entregada y en el plazo acordado. En caso de duda, el descuento no se aplica a los fletes, el material de embalaje y los servicios.
3.11 Se aplicarán las normas legales relativas a la morosidad. Durante el período de incumplimiento, se cobrarán intereses sobre el precio de compra al tipo de interés legal de demora aplicable en ese momento. Nos reservamos el derecho a reclamar otros daños causados por el incumplimiento. Con respecto a los comerciantes, nuestro derecho al tipo de interés de vencimiento comercial (§ 353 HGB) no se verá afectado.
3.12 El Comprador sólo tendrá derechos de compensación si sus contrademandas han sido legalmente establecidas, son indiscutibles o han sido reconocidas por nosotros. Además, tendrá derecho a ejercer un derecho de retención en la medida en que su reconvención se base en la misma relación contractual. Los derechos de réplica del comprador por defectos en la entrega no se verán afectados por estas restricciones.
3.13 Si, tras la celebración del contrato, se pone de manifiesto (por ejemplo, mediante la presentación de un procedimiento de insolvencia) que nuestro derecho al precio de compra está en peligro por la incapacidad de pago del Comprador, tendremos derecho a denegar el cumplimiento de acuerdo con las disposiciones legales y -si es necesario, tras fijar un plazo- a rescindir el contrato (art. 321 del Código Civil). En el caso de los contratos para la fabricación de artículos injustificables (productos a medida), podemos declarar el desistimiento inmediatamente; las disposiciones legales sobre la prescindibilidad de la fijación de un plazo no se ven afectadas.

4. Plazo de entrega, retraso en la entrega
4.1 Las fechas vinculantes para la entrega y la ejecución pueden indicarse en la confirmación del pedido como muy pronto después de aclarar todos los detalles técnicos.
4.2 El cumplimiento de nuestra obligación de entrega está supeditado al cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de colaboración del Comprador (por ejemplo, entrega de los documentos de ejecución requeridos, etc.).
4.3 Si no pudiéramos cumplir con los plazos de entrega vinculantes por motivos no imputables a nosotros (no disponibilidad del servicio, etc.), informaremos al Comprador de ello sin demora y, al mismo tiempo, le comunicaremos el nuevo plazo de entrega previsto. Si el servicio tampoco está disponible dentro del nuevo plazo de entrega, tendremos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente; devolveremos inmediatamente cualquier contraprestación ya pagada por el Comprador.
4.4 Las reclamaciones y derechos legales mutuos, en particular en caso de exclusión de la obligación de cumplimiento (por ejemplo, debido a la imposibilidad o el carácter no razonable del cumplimiento y/o el cumplimiento posterior), no se verán afectados por las disposiciones anteriores.

5. Entrega, transferencia de riesgo
5.1 El envío se realizará "ex works" o ex warehouse. A petición y por cuenta del Comprador, la mercancía se enviará a otro destino (venta por entrega en un lugar distinto al de cumplimiento). Los embalajes de transporte y todos los demás embalajes que se ajusten a la normativa de embalajes no se retirarán, a excepción de la madera de carga. El comprador está obligado a deshacerse del embalaje por su cuenta. La recogida por cuenta propia sólo es posible de acuerdo con nuestras normas de recogida en las fábricas nombradas explícitamente en la confirmación del pedido. (Estos reglamentos pueden descargarse de www.stelconhandel.de/downlod/Abholvorschriften).
5.2 El riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al comprador a más tardar en el momento de la entrega. Sin embargo, en el caso de la venta por entrega en un lugar distinto del lugar de cumplimiento, el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de la mercancía y el riesgo de retraso se transmitirán al Comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista, al transportista o a cualquier otra persona o institución designada para efectuar el envío. Si el envío o la recogida se retrasa o no tiene lugar como consecuencia de circunstancias de las que no somos responsables, el riesgo se transmitirá al Comprador a partir del día de la notificación de la disponibilidad para el envío o la aceptación.
5.3 La accesibilidad de los vehículos pesados hasta el punto de descarga debe ser garantizada por el comprador. La entrega de nuestros productos en la obra se realiza mediante camiones (40t zGG). El comprador debe asegurar y es responsable de asegurar la entrega y descarga adecuada en la obra por camión (40t zGG). Tiene que proporcionar al menos 2 empleados para la entrega en la obra que instruyan al conductor del camión dónde descargar y colocar exactamente los elementos (losas de gran superficie, muros de contención, etc.).
5.4 Si la entrega y la instalación del material se separan en el tiempo, el comprador debe asegurarse de que el material esté adecuadamente protegido. El apilado de nuestros productos debe realizarse exactamente según nuestras instrucciones de apilado. Los daños causados por un apilamiento inadecuado correrán a cargo del comprador. Los daños en el sustrato causados por el apilamiento de nuestros productos, incluso cuando se apilan correctamente, son responsabilidad del comprador. (Puede descargar esta normativa en www.stelconhandel.de/downloads/Merkblatt para la carga, el transporte, el almacenamiento intermedio y la colocación de nuestros productos).
5.5 Si el comprador se retrasa en la aceptación, no coopera o si nuestra entrega se retrasa por otros motivos de los que es responsable el comprador, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños resultantes, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento). Nos reservamos el derecho de hacer valer otras reclamaciones.
5.6 Nos reservamos el derecho de ejecutar los pedidos en entregas parciales, salvo acuerdo en contrario. Las reclamaciones por entregas parciales no nos eximen de la obligación de aceptar la cantidad restante de la mercancía pedida de acuerdo con el contrato.

6. Responsabilidad por defectos
6.1 Las disposiciones legales se aplicarán a los derechos del Comprador en caso de defectos materiales y defectos de titularidad (incluyendo la entrega errónea y la entrega incompleta, así como el montaje incorrecto o las instrucciones de montaje defectuosas), a menos que se estipule lo contrario a continuación.
6.2 En la medida en que no se haya acordado la calidad, se evaluará de acuerdo con las disposiciones legales si existe o no un defecto (§ 434 párrafo 1 p. 2 y 3 BGB). Sin embargo, no asumiremos ninguna responsabilidad por las declaraciones públicas del fabricante o de terceros (por ejemplo, declaraciones publicitarias) a las que el Comprador no nos haya remitido como decisivas para su compra.
6.3 Las reclamaciones por defectos por parte del comprador presuponen que éste ha cumplido debidamente sus obligaciones de inspección y notificación de defectos de acuerdo con los artículos 377 y 381 del Código de Comercio alemán (HGB). En cualquier caso, la inspección debe realizarse inmediatamente antes de la transformación. El comprador debe inspeccionar la mercancía en cuanto a su alcance y buen estado. Si se detectan defectos, el destinatario debe, en el caso del transporte por ferrocarril, hacer que se despache la mercancía en cuestión, redactar un informe adecuado y, en el caso de todos los transportes, identificar los defectos de forma adecuada y anotarlos claramente en los documentos de transporte (carta de porte, conocimiento de embarque) o en el albarán de entrega.
6.4 Durante la compactación del hormigón son técnicamente inevitables las pequeñas inclusiones de aire y agua. Esto puede dar lugar a poros en la superficie, que, sin embargo, no permiten sacar ninguna conclusión sobre la falta de impermeabilidad o resistencia de los productos y no merman el valor de utilidad si los productos cumplen las normas o directrices. Ocasionalmente, pueden producirse eflorescencias, que son técnicamente inevitables. Las propiedades de calidad de los productos no se ven afectadas por ello. Las eflorescencias no constituyen un defecto. En casos especiales pueden producirse grietas superficiales. Dichas grietas capilares no merman el valor de utilidad si los productos cumplen por lo demás con las normas o directrices. En la fabricación de productos de hormigón a partir de áridos naturales, pueden producirse ocasionalmente variaciones de color a pesar de la cuidadosa atención y control de todas las influencias importantes para la coloración. Son técnicamente inevitables y no afectan al valor de utilidad de los productos de hormigón. Las diferencias de brillo suelen compensarse en gran medida por la influencia de la intemperie y el uso normales.
6.5 Las muestras y los especímenes se considerarán muestras no vinculantes. Las desviaciones menores de las mismas no dan derecho a reclamaciones. No se puede objetar la rotura dentro de los límites habituales.
6.6 Además, no existirán reclamaciones por defectos en caso de desgaste natural o de daños ocurridos después de la cesión del riesgo como consecuencia de una manipulación incorrecta o negligente, de un esfuerzo excesivo, de materiales de funcionamiento inadecuados, de trabajos de construcción defectuosos, de un terreno de construcción inadecuado o como consecuencia de influencias externas especiales no asumidas según el pedido. En caso de que el comprador o terceros realicen modificaciones o reparaciones inadecuadas, tampoco habrá derecho a reclamar por los defectos de éstas y las consecuencias resultantes.
6.7 En el caso de un defecto en el artículo comprado, el Comprador tendrá derecho a elegir entre el cumplimiento posterior en forma de rectificación del defecto o la entrega de un nuevo artículo libre de defectos. En el caso de la subsanación de los defectos o de la entrega de sustitución, estaremos obligados a asumir todos los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los gastos de transporte, de viaje, de mano de obra y de material, en la medida en que éstos no se vean incrementados por el hecho de que el objeto de la venta haya sido llevado a un lugar distinto del lugar de cumplimiento. En el ámbito de la mejora posterior, la solicitud de reembolso de los gastos se limitará en total al importe del precio de compra. Si el cumplimiento posterior falla, el comprador tendrá derecho, a su discreción, a exigir la rescisión del contrato, una reducción del precio de compra o una indemnización por daños y perjuicios.
6.8 Tendremos derecho a condicionar el cumplimiento posterior adeudado al pago del precio de compra por parte del Comprador. Sin embargo, el Comprador tendrá derecho a retener una parte del precio de compra que sea razonable en relación con el defecto.
6.9 El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos es de 1 año, calculado a partir de la transferencia del riesgo. Los plazos de prescripción en los casos del § 438 párrafo 1 nº 2 del BGB no se ven afectados.

7. Información y asesoramiento, limitación de la responsabilidad, prescripción
7.1 La información y los consejos relativos a nuestros productos se facilitan sobre la base de nuestra experiencia hasta la fecha. No eximen al comprador de la obligación de procesar nuestros productos de forma adecuada y profesional. Los valores indicados, las ilustraciones proporcionadas, los dibujos, las directrices de instalación (instalación de baldosas de gran superficie, estructura del subsuelo, recomendación de compactación, recomendación de secado, etc.) se basan en la experiencia y no son vinculantes. La verificación de la idoneidad de nuestros productos para el uso previsto es responsabilidad exclusiva del comprador.
7.2 El asesoramiento técnico no forma parte del contrato.
7.3 Seremos responsables de los daños -independientemente de los motivos legales- en el ámbito de la responsabilidad por culpa en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia simple, seremos responsables, sin perjuicio de las limitaciones legales de la responsabilidad (por ejemplo, cuidado de los asuntos propios; incumplimiento insignificante del deber), sólo a) de los daños derivados de lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud, b) de los daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento es un requisito para la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia confía y puede confiar regularmente la parte contratante); en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limitará a la indemnización de los daños previsibles y típicos.
7.4 Nuestra responsabilidad se limita al importe cubierto por nuestro seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos por un importe de 1.000.000,00 euros. Este límite máximo de responsabilidad no se aplicará en caso de incumplimiento de una obligación contractual importante, de lesión culpable de la vida, la integridad física o la salud, o de responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos.
7.5 Las limitaciones de responsabilidad resultantes de las cláusulas anteriores también se aplicarán en caso de incumplimiento de obligaciones por parte de las personas de las que somos responsables, o a favor de ellas, de acuerdo con las disposiciones legales. No se aplicarán si hemos ocultado fraudulentamente un defecto o hemos dado una garantía por la calidad de la mercancía y por las reclamaciones del Comprador en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos.
7.6 Los plazos de prescripción según la cláusula 6.9 también se aplicarán a las reclamaciones precontractuales o extracontractuales por daños y perjuicios del Comprador, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB) conduzca a un plazo de prescripción más corto en casos individuales. Sin embargo, las reclamaciones por daños y perjuicios del Comprador en virtud de la Ley de Responsabilidad de Productos prescribirán exclusivamente de acuerdo con los plazos de prescripción legales.

8. Conservación de la titularidad
8.1 Nos reservamos la titularidad de la mercancía adquirida hasta el pago íntegro de todas las reclamaciones presentes y futuras derivadas del contrato de compra y de la relación comercial actual con el Comprador y todas las empresas del grupo del Comprador.
8.2 En caso de que el Comprador se comporte de forma contraria al contrato, especialmente en caso de demora en el pago, tendremos derecho, tras fijar un plazo razonable, a exigir la devolución de la mercancía sobre la base de la reserva de dominio. La retirada de los bienes adquiridos por nuestra parte constituirá una rescisión del contrato. Una vez recuperado el objeto de la venta, tendremos derecho a realizarlo; el producto de la realización se compensará con las obligaciones del comprador, menos los costes razonables de la realización.
8.3 El Comprador estará obligado a tratar el objeto de la venta con cuidado; en particular, estará obligado a asegurarlo adecuadamente a su cargo contra el fuego, el agua y el robo por su valor de reposición. Si es necesario realizar trabajos de mantenimiento o inspección, el Comprador deberá llevarlos a cabo a tiempo y a su cargo.
8.4 Las mercancías sujetas a reserva de dominio no podrán ser pignoradas a terceros ni cedidas en garantía antes del pago íntegro de los créditos garantizados. El comprador debe informarnos inmediatamente por escrito si se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia.
8.5 En caso de embargos u otras intervenciones por parte de terceros, el Comprador nos lo notificará por escrito sin demora para que podamos interponer una acción de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil alemán (ZPO). En la medida en que el tercero no esté en condiciones de reembolsarnos los gastos judiciales y extrajudiciales de una acción según el artículo 771 de la ZPO, el Comprador será responsable de la pérdida sufrida por nosotros.
8.6 El comprador tiene derecho a revender el objeto de la venta en el curso ordinario de los negocios; sin embargo, nos cede por la presente todas las reclamaciones por el importe de la factura final (incluido el impuesto sobre el valor añadido) de nuestro crédito que le corresponda por la reventa frente a su cliente o a terceros, independientemente de que el objeto de la venta se haya revendido sin o después de la transformación. Aceptamos este encargo. El comprador seguirá estando autorizado a incluir esta reclamación incluso después de la cesión. Esto no afecta a nuestra autoridad para cobrar la reclamación nosotros mismos. Sin embargo, nos comprometemos a no cobrar el crédito mientras el comprador cumpla con sus obligaciones de pago hacia nosotros, no se retrase en el pago y, en particular, no se haya presentado ninguna solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia o no exista ningún motivo de insolvencia. Sin embargo, si este es el caso, podemos exigir que el comprador nos informe de los créditos cedidos y de sus deudores, que nos proporcione toda la información necesaria para el cobro, que nos entregue los documentos pertinentes y que informe a los deudores (terceros) de la cesión. Además, en este caso tendremos derecho a revocar la autorización del Comprador para seguir vendiendo y procesando la mercancía con reserva de dominio.
8.7 El procesamiento o la transformación del objeto de la venta por parte del Comprador se realizará siempre por nuestra cuenta. Si el objeto de la venta se procesa con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor del objeto de la venta (importe final de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido) con respecto a los otros objetos procesados en el momento del procesamiento. objetos en el momento del tratamiento. En todos los demás aspectos, se aplicará al objeto creado por la transformación lo mismo que al objeto de venta entregado bajo reserva de dominio.
8.8 Si el objeto de la venta se mezcla inseparablemente con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor del objeto de la venta (importe final de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido) con respecto a los otros objetos mezclados en el momento de la mezcla.
8.9 El Comprador mantendrá la propiedad única o la copropiedad así creada en custodia para nosotros. El Comprador también nos cederá el crédito para asegurar nuestra reclamación contra él que se acumule contra un tercero como resultado de la combinación del objeto de la venta con un terreno. Aceptamos este encargo.
8.10 Nos comprometemos a liberar las garantías que nos corresponden a petición del Comprador en la medida en que el valor realizable de nuestras garantías supere el valor de las garantías utilizadas para asegurar los créditos en más de un 10 %; la elección de las garantías a liberar será nuestra.

9. Lugar de jurisdicción, lugar de cumplimiento, lugar de pago, compensación
9.1 El lugar de cumplimiento para el comprador o adquirente es Mülheim an der Ruhr. El lugar de cumplimiento de las entregas a realizar por nosotros es, a nuestra elección, una de las plantas de nuestros proveedores o el almacén de entrega.
9.2 El lugar de jurisdicción nacional e internacional para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual es Mülheim an der Ruhr. Sin embargo, también tendremos derecho en todos los casos a interponer una acción en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega de acuerdo con estas CGV o un acuerdo individual previo o en el lugar de jurisdicción general del Comprador. Las disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la competencia exclusiva, no se verán afectadas.
9.3 Se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania; no se aplicará la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
9.4 Un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán (HGB) tendrá derecho a compensar cualquier reclamación que pueda tener contra nuestra empresa matriz, subsidiaria, hermana u otras empresas afiliadas de BTE Holding B.V., incluso si dichas reclamaciones tienen diferentes fechas de vencimiento.

Las CGC son válidas a partir del 1 de julio de 2019.
BTE stelcon Handel GmbH